Informe de CIOSL

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Las denuncias relativas a la Fiscalía, por asociación ilícita, de ocho miembros de la Unión Sindical Obrera
La CIOSL alega "que en diciembre de 1966 cientos de trabajadores habían sido detenidos en toda España a cuenta de una nación en toda la serie de conflictos y huelgas". . Añadió que "las cifras oficiales habían anunciado la detención de cincuenta y ocho trabajadores, incluidos los elegidos como delegados de los trabajadores y los miembros de los comités de empresa". Según los denunciantes "estos representantes electos de los trabajadores formaban parte de los oficiales de la organización sindical en su nivel más básico, e incluye numerosos miembros activos de las organizaciones sindicales y los grupos de trabajadores creado por los propios trabajadores, habida cuenta de la ineficacia oficial de la organización sindical ". La CIOSL afirma que "Eugenio Royo Errazquin y otros siete trabajadores mencionados en la denuncia había sido detenido, y que el 3 de enero de 1967 el Tribunal de Orden Público ha decidido procesarlos". Asimismo, afirmó que "la decisión del juez dijo que los acusados eran miembros de la organización clandestina conocida como la Unión Sindical Obrera en virtud de la Constitución de la que se declara a ser un Estado libre y soberano. Los denunciantes continuó diciendo que "en la apertura del procedimiento, el juez consideró que existía un delito de asociación ilícita en relación con las secciones 172 (3) y 175 (4) del Código Penal". Los acusados habrían sido puestos en libertad bajo fianza de 5000 pesetas.